Con una cierta frecuencia nos encontramos en los procesos judiciales “pactos “entre el Ministerio Público y los acusados.

“Si aceptas una condena pactada, te evitas un juicio que puede terminar en una condena mayor a la pactada”.

Esta oferta del Ministerio Público garante del estado de derecho y en defensa de la legalidad vigente, supone, a nuestro juicio y a la inmensa mayoría de la sociedad española, un claro ejemplo de intimidación.

El Tribunal Supremo, entiende por intimidación, el anuncio de un mal inmediato, grave, posible susceptible de inspirar miedo. Produce en la víctima un sentimiento de miedo, angustia o desasosiego, inquietud anímica ante la contingencia de un daño real.

Para valorar la intimidación hay que atender no solo a la entidad de la coacción psíquica ejercida, sino también y muy principalmente a las condiciones personales de la víctima y a las circunstancias concurrentes de lugar, tiempo, etc.

Respecto a los requisitos de este concepto, se debe tener en cuenta: La posición dominante o de superioridad del Ministerio Fiscal, sobre el acusado; el temor fundado y racional del acusado y el grado de intensidad o reiteración ejercido y para que  se acepte la sentencia de conformidad.

De alguna manera, supone un fraude procesal, al tratar de bordear, la ningunear una condena muy superior si se aplicaran las sanciones correspondientes al delito imputado.

Es evidente que de alguna manera beneficia al acusado que acepta esa sentencia pactada, como mal menor, al evitar una posible condena mayor.

En cualquier caso la personación de alguna acusación popular sin su aprobación daría al traste con la sentencia pactada.

En el caso de las ITV de Oriol Pujol Ferrusola, el Ministerio Público pactó con el Sr. Oriol Pujol, e intimidó y coaccionó a la acusación popular  de Manos Limpias, con objeto de que aceptáramos y diéramos nuestra aprobación a la referida sentencia pactada.

Estos comportamientos del Ministerio Público, contribuyen aún más al desprestigio de esta Institución, ya dañada por su falta de independencia y su organización jerárquica.

Un dato tremendamente significativo es el hecho de que los fiscales pide o solicitan penas desorbitantes por no decir estratosféricas que a la postre resultan también reducidas desorbitadamente, lo cual indica que no calibran con rigor la ponderación de las sanciones a los hechos y que le sirven para intimidar a los investigados a pactar.

Miguel Bernard ( El Correo de España )