El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha anulado la Ley XXIX de 2021 de Hungría por la que se protegía a los menores de la propaganda homosexual y de cambio de sexo. La norma impedía emitir contenidos de este tema en horario diurno y establecía una protección de 200 metros alrededor de escuelas e iglesias para la venta de productos vinculados.
La Comisión Europea interpretó que se trataba de una ley discriminatoria y denunció a Hungría ante el TJUE. A la denuncia se sumaron 15 estados y el Parlamento Europeo. Y ante semejante ‘tsunami’ reaccionario, el TJUE ha condenado anulando la Ley húngara.
Lo peor es la argumentación de la condena. Critica que la ley limita la libertad de prestación de servicios. Es cierto. Pero con un objetivo superior: preservar la infancia. Exactamente lo que se está planteando ahora desde la Comisión al proponer límites al acceso a las redes sociales de los menores. Una contradicción afeada por Herman Terch.
Pero lo peor es que Luxemburgo argumenta que la norma húngara viola el principio de no discriminación, que estigmatiza y margina por identidad u orientración sexual pudiendo fomentar el odio. Añade que la ley húngara establece una preferencia de unas orientaciones e identidades sexuales respecto a otras y que eso es incompatible con el derecho de la Unión.
Pero ya lo máximo es que el TJUE considera que la ley húngara viola el artículo 2 del tratado relativo a los derechos fundamentales. Se trata de la primera vez que la justicia europeos apela al art. 2 por lo que la consideración es especialmente relevante.
Es decir, para el TJUE, la propaganda LGTB y el adoctrinamiento de género en las escuelas no es que sea una opción, sino que forma parte del marco de “derechos fundamentales” de la Unión Europea.
¿Y la libertad de expresión no forma parte de los derechos fundamentales de la UE? Y sobre todo, ¿el derecho de los padres a educar a sus hijos y de protegerles frente a contenidos que consideren inadecuados, no es un derecho fundamental de la UE?
El salto cualitativo es especialmente grave porque el TJUE, forzado por la Comisión, el Parlamento y los Estados han priorizado el adoctrinamiento LGTB a los verdaderos derechos fundamentales. Han interpretado que el ‘wokismo’ es una especie de nueva religión y que quien ose cuestionarla ‘sea anatema’.
Es también interesante el momento en el que se produce la sentencia: a los 9 días de la victoria de Peter Magyar frente a Viktor Orban. De haberse conocido antes de las elecciones, ¿habría favorecido a Orban? Es probable.
Ahora le toca a Magyar gestionar el fallo. Aunque no se ha pronunciado sobre el particular, es probable que defienda la ley y el derecho preferente de los padres en las educación de sus hijos. Pero si no cumple mandato del TJUE le caerán sanciones y el mantenimiento de la congelación de los fondos europeos. Así que probablemente hará de la necesidad virtud. Y quizás, si es inteligente y le importa el asunto, volverá a presentar otra ley con algunos cambios que permitan pasar el rodillo de Bruselas.
De momento lo que tenemos no es sólo una desautorización de la justicia europea a una norma húngara sino la afirmación del maximo órgano intérprete del derecho europeo de que la propaganda gay y de cambio de sexo son “derecho fundamental” de la UE. Un verdadero suicidio.
Luis Losada Pescador (Actuall.com)