La sentencia del Fiscal General es contundente. Las pruebas -concluye- son “sólidas, coherentes y concluyentes”. El Supremo asegura que el Fiscal General filtró la conversación entre la fiscalía y el abogado del novio de Ayuso. O fue él o alguien de su entorno “con su consentimiento”. Es decir, él. Porque o fue autor material o inductor o autor intelectual. Es lo mismo.

Pero hay un segundo argumento por si había dudas: la famosa nota de prensa. La jefa de prensa confirma la autoría de García Ortiz; él no lo niega. Al contrario: afirma que tras publicarse el bulo y el desmentido, era necesario que hubiera un posicionamiento público de la Fiscalía que lo confirmara para preservar el buen nombre de la fiscalía.

El Supremo pone un ejemplo tumbativo. Si un cirujano plástico ha operado a un famoso y su operación se convierte en tema de debate público, el cirujano no puede ni debe confirmar su intervención porque se debe a la confidencialidad con su paciente.

Aquí ocurre lo mismo: la fiscalía se debe a la confidencialidad en las negociaciones con los abogados. Utilizar esa información a la que tiene acceso en razón de su cargo para tratar de dañar a un adversario político del gobierno, erosiona la imagen de neutralidad que debe tener la Fiscalía.

Contundente. Por eso no hay por dónde darle la vuelta. El argumento de los votos particulares es que no está claro si fue el propio García Ortiz o alguien de su entorno. Sí está claro: fue García Ortiz o alguien de su entorno “con su consentimiento”, sin el cual, la filtración no se pudo producir. Luego la autoría -material o intelectual- fue la de García Ortiz.

Y de esa manera se salva las declaraciones de los periodistas que paradójicamente se acogieron a su secreto profesional pero afirmaron que García Ortiz no había sido. Quizás no. Pero fue alguien con su visto bueno.

La contundencia de la sentencia la blinda frente a las “otras instancias” que pretende Sánchez. Si el Constitucional de Pumpido decide ‘blanquear’ a García Ortiz se arriega a una querella por prevaricación.

Por lo demás, la sentencia sí afirma que la información filtrada por el asesor de Ayuso, Miguel Angel Rodríguez fue un bulo, una mentira. No fue la fiscalía la que ofreció un acuerdo, sino el abogado de Amador quien reclamó un posible acuerdo. Pero en todo caso, no justifica la violación de su obligación de secreto profesional.

Y hay otra derivada más: el Supremo señala que dicha quiebra del secreto profesional supuso una violación de los derechos fundamentales de González-Amador. Un argumento clave para su defensa. Porque si hubo marcha atrás al acuerdo con la fiscalía tras coniocerse su relación con Ayuso, ese acuerdo puede prevalecer y su contingencia se limita a una multa.

Y eso significa que el horizonte político de Ayuso está un poco más despejado de lo que lo estaba ayer. En el PP muchos descontaban su caducidad; incluso especulaban con que Feijóo no la nombrara candidata y con un ‘tomahawk’ de la UCO.

Veremos. Pero hoy el escenario para Ayuso es mejor que el de hace una semana.

Luis Losada Pescador (Actuall.com)

Categorizado en:

Política,

Última Actualización: 10/12/2025

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